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Importante la condena, además de por el asesinato de su mujer y una sobrina, por la muerte de su hijo nonato

Casi 50 años para el asesino de Ciudad Real


Redacción Madrid. 19 de noviembre.

Sentencia ejemplar para el profesor de kárate de Argamasilla de Alba, provincia de Ciudad Real, que hace dos años acabó a patadas con su mujer embarazada y una sobrina de 4 años alegando que perdió los nervios por pensar que sufría un cáncer.

Ramón Luis Sánchez Gómez ha sido condenado a 47 años y cinco meses de cárcel, por dos delitos de asesinato y uno de aborto. Además deberá indemnizar con 150.000 euros a su otra hija y con 70.000 por la muerte de la que iba a ser su hermana. La sentencia no admite reducciones de condena, por lo que el condenado pasará 40 años en prisión.

   La sentencia, dada a conocer hoy por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, recoge la petición de pena realizada por el fiscal, una vez que la semana pasada un jurado popular emitiera un veredicto de culpabilidad contra el hombre. Junto a la indemnización a su otra hija, los padres de la niña asesinada deberán ser indemnizados con 150.000 euros, la madre de la mujer con 30.000 euros y el Estado deberá recibir 45.993 euros.

   En la sentencia se fija el máximo de cumplimiento efectivo de la pena en 40 años y se señala que no podrá acercarse a menos de 200 metros de las familias de las víctimas por un período de 10 años después de cumplirse la pena impuesta.

   AGRESION BRUTAL

   La sentencia da como hechos probados que Ramón, profesor de kárate, en las primeras horas del 30 de julio de 2006, se dirigió a la habitación donde dormía su sobrina, María, de 4 años, que había pasado la noche en su casa, y, con ánimo de acabar con su vida, la golpeó en varias ocasiones en todas las partes de su cabeza.

   Estos golpes le produjeron numerosos hematomas y hemorragias y, a continuación, la arrastró de la cama al suelo y se colocó encima de ella, inmovilizándola y aplastándola hasta estallarle el hígado, mientras que con sus manos "agarraba brutalmente" su cuello hasta matarla.

   A continuación, según se señala en la sentencia, con sangre de la niña en su ropa interior, que era la única que vestía, se dirigió a la cocina, donde estaba su mujer, Ana Isabel Ocaña, de 39 años, embarazada de siete meses, y la golpeó en varias ocasiones en todas las partes de su cara.

   Ello le produjo numerosas hemorragias y, una vez caída en el suelo, continuó con el ensañamiento y, tal como hizo con la niña, la agarró del cuello, apretándola hasta provocar hemorragias en todas las partes del cuello hasta matarla también, provocando asimismo la muerte del niño nonato.

   Tal como estableció el jurado, en el momento de los hechos, se considera que Ramón Luis no tenía ninguna alteración o anomalía psíquica transitoria anulada ni limitada ni disminuida su capacidad intelectiva o conciencia de entender la ilicitud de sus actos y la capacidad volitiva o intencional de llevarlos a cabo. En el juicio, el condenado alegó que había perdido el juicio porque pensaba que tenía cáncer.

   En la sentencia se explica que después de matar a su sobrina y a su mujer embarazada, tras cambiar de ropa y vestir a su hija, comunicó a la autoridad lo que acababa de ocurrir, indicó el domicilio donde habían ocurrido y facilitó con ello el descubrimiento del delito y las investigaciones policiales.

   En este caso, además del Ministerio Público, han estado personadas la Junta de Comunidades, la Abogacía, y la familia, cuyo abogado fijó su petición de pena en 50 años.

Etiquetas:abortoviolencia doméstica