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el etarra olarra guridi queda absuelto "por falta de pruebas"

Lo que faltaba: absuelven al asesino de Francisco Tomás y Valiente

Redacción Madrid. 25 de febrero.

    La Audiencia Nacional ha absuelto por falta de pruebas al ex número uno de ETA Juan Antonio Olarra Guridi de su participación en el asesinato del ex presidente del Trinbunal Constitucional Francisco Tomás y Valiente, que se produjo en su despacho de la Universidad Autónoma de Madrid el 14 de febrero de 1996.

  Durante el juicio, que se celebró el pasado 30 de enero, la Fiscalía pidió 66 años de prisión por los delitos de atentado con resultado de muerte, estragos terroristas, cuatro lesiones y sustitución de placa de matrícula. Le acusaba de conducir el coche en el que huyó Jon Bienzobas, autor material de los disparos, y de hacerlo estallar en un descampado próximo al lugar de los hechos, lo que causó heridas a cuatro personas.

  La sentencia, dictada hoy por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, considera que "no consta acreditado que el Ford Orion rojo que se hizo explosionar en el solar de la calle de la Isla de Java fuese empleado por Jon Bienzobas para huir de la universidad". "Al contrario, existen datos en el procedimiento que permiten inferir que huyó obligando a un conductor a llevarle a punta de pistola hasta las inmediaciones de la Bolsa", dice el tribunal.

  El propietario de este coche, de la marca Mercedes Benz, denunció que a las 12.00 horas del día de los hechos un individuo al que reconoció como Bienzobas se subió a su vehículo y le obligó a dar varias vueltas mientras ocultaba su mano derecha en el interior de un bolsillo del abrigo.

  En las proximidades de la plaza de la Lealtad, según consta en la declaración del conductor, Bienzobas se bajó del coche y le ordenó que permaneciese en ese lugar durante diez minutos.

SIN PRUEBAS DE SU INTERVENCIÓN

  Los magistrados concluyen que "no existen pruebas" que relacionen a Olarra Guridi con el asesinato de Tomás y Valiente ni datos de que "interviniese o colabarese con dicho asesinato más allá de su colaboración con la búsqueda de información general de objetivos posibles como integrante del 'comando Madrid' de ETA".

  "Esta colaboración genérica apta para su condena como integrante de de organización terrorista, delito por el que ya se encuentra condenado, no es bastante para en base a ella imputarle su participación en un concreto atentado o acción criminal perpretada por alguno o algunos de sus miembros", destacan.

  La sentencia, de la que ha sido ponente la juez Clara Bayarri, pone de relieve que "ni uno solo de los testigos" que comparecieron en el juicio vio que Bienzobas cometiera el atentado "acompañado por otro individuo", sino que todos ellos coincidieron en que éste "iba solo".

  De la misma forma, nadie vio que el autor material del asesinato llegara al campus universitario a bordo de un vehículo ni que por la zona transitara un coche rojo similar al explosionado. Según estos testimonios, el único vehículo que vieron circular por las inmediaciones de la facultad era uno "blanco, grande y conducido por un joven de pelo moreno y largo".

COCHE EXPLOSIONADO

  En relación con la explosión, el tribunal señala que el único vínculo que relaciona este hecho con Olarra Guridi es que "fue él quien obtuvo o al menos suministró al 'comando Madrid' los datos respecto al modelo, marca y color a los que correspondía la matrícula falsa utilizada para dar cobertura" a este vehículo.

  No obstante, no considera acreditado que el acusado fuese el autor de las anotaciones manuscritas sobre el vehículo que fueron localizadas en el piso de la calle Doctor Fleming que el 'comando Madrid' utilizaba en esa época. "Falta la prueba que acredite que fue él precisamente quien hizo uso de tal información o en su caso de que colaboró de forma específica en la preparación de los explosivos o en la colocación del coche", precisa la resolución judicial.

  Según los jueces de la Audiencia Nacional, imputar a Olarra Guridi la colocación del coche bomba en el descampado "equivaldría a inferir que la totalidad de las personas" que ocupaban el piso son responsables de la sustracción del vehículo, la sustitución de las placas de matrícula, la colocación de los explosivos y su posterior detonación.

 

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