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Diario YA


 

Los padres eligen y las administraciones no pueden imponerla

¿Educación sexual en la escuela?

Teresa García-Noblejas

¿Le han dado a su hijo preservativos en el cole con el pretexto de conmemorar el día del SIDA? ¿Le han llegado representantes municipales al centro que Vd. dirige para imponerle un taller de educación afectivo-sexual a sus alumnos? ¿Ha vuelto su hijo del Instituto con folletos en los que le explican cómo masturbarse? ¿Se ha presentado un colectivo de activistas homosexuales en su colegio para explicarle a los alumnos que no es lo mismo género que sexo y que uno puede cambiar de identidad sexual varias veces?

Hechos como estos suceden con frecuencia en los centros escolares españoles. Para dar respuesta a estas inquietudes de padres y educadores el Área de Medicina de Profesionales por la Ética ha difundido 15 mil ejemplares (de momento) del documento Ideas clave sobre educación sexual en los centros escolares. Consideraciones científicas y éticas en las que argumenta dos claves esenciales:

• No hay fundamento científico alguno para imponer el modelo de educación afectvo-sexual a los menores como medida preventiva de enfermedades de transmisión sexual, SIDA, etc. Se da por bueno pero en realidad es un experimento sobre población juvenil que no ha dado ningún resultado. «Es más», explica la Dra. Alonso, «sabemos que los embarazos de adolescentes y los abortos no han disminuido, por lo que el modelo de «educación para la independencia sexual» basado en las relaciones sexuales prematuras impidiendo embarazos a toda costa está sinedo internacionalmente cuestionado por instituciones como la American Medical Association.

• La educación afectivo-sexual de los menores corresponde a los padres; ellos eligen si la dan directamente o solicitan ayuda para darla. «Ni el Estado ni las administraciones educativas pueden imponer su particular visión de la sexualidad al margen de los padres o incluso en contra de su criterio expreso». Así lo reconoce no solo la Constitución Española (que obliga a los poderes públicos a garantizar el derecho de los padres a que sus hijos reciban formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones) sino la Declaración Universal de los Derechos Humanos ,la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.