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Diario YA


 

En la pregunta sobre si existe o no el derecho de tener hijos

Derechos, personas y cosas

Max Silva Abbott. Diversos documentos internacionales establecen expresamente el ‘derecho de ser padres’, lo que ha sido acordado no sólo para parejas, sino también para individuos solos, con lo que en principio, cualquiera podría reclamarlo. Con todo, no deja de ser paradójico que actualmente sean diversos entes internacionales los que más lo han vulnerado, por ejemplo, incentivando el aborto o con políticas masivas de anticoncepción o esterilización, muchas veces de manera camuflada o literalmente, engañando.
 Ahora bien, siendo ciertamente un tema delicado (al involucrar en muchos casos la legítima aspiración a tener descendencia), como ocurre a menudo, los términos se emplean de manera laxa o abusiva, desfigurándolos, sin tomar en cuenta sus reales consecuencias, y si se hace, obviándolas o negándolas abiertamente.

 En efecto, si se piensa fríamente y no con los sentimientos, en propiedad, un ‘derecho’ sólo puede tenerse sobre las cosas, no sobre las personas, al punto que la diferencia esencial entre los entes puede plantearse desde esta perspectiva: o se es persona, o se es cosa, no ambas, lo que cambia absolutamente la actitud hacia ellas. Es por eso que la esclavitud o diversas formas de explotación han sido eliminadas o aminoradas (a veces más en el papel que en la práctica), precisamente por considerarlas indignas para el ser humano, en atención a su inherente dignidad por su carácter de persona. Por tanto, en estricto rigor, no cabe un ‘derecho al hijo’, porque ello implicaría cosificarlo, tratarlo como a un objeto. En realidad es al revés: es el hijo el que tiene derecho a sus padres (puesto que no ha surgido mediante generación espontánea), porque en razón de su dignidad, merece ser tratado humanamente, siendo una responsabilidad de sus progenitores. Lo contrario, se insiste, equivale a tratarlo como una cosa (como se hacía con un esclavo), incluso tenerlo como parte del nivel de vida o de las aspiraciones de quien lo reclama como suyo. Y si somos coherentes con estas premisas, en casos extremos el mismo sujeto que lo ha exigido como un ‘derecho’, podría muy bien deshacerse del mismo cuando ya no satisfaga sus deseos o se harte de él: si es una ‘cosa’, lo será siempre, porque las cosas no se transforman en personas ni las personas se convierten en cosas, sino que lo son desde siempre.

En realidad, el ‘derecho de ser padres’ se refiere más bien a que el Estado o terceros no impidan o menoscaben esta legítima aspiración, por un lado, y por otro, que esto mire al interés del menor, precisamente por ser una persona, no una cosa o mascota, siendo el principal el respeto de su propia vida, porque de ella depende todo lo demás. Finalmente, este interés por el menor no depende de que éste se dé cuenta o sepa lo que le ocurre, por lo cual afecta por igual a cualquier ser humano, independiente a su edad, desarrollo o características.

En consecuencia, como o se es persona o cosa desde siempre, el congelamiento de embriones es inaceptable, pues como está en juego además de su dignidad, la propia vida de ese ser humano, prevalece siempre sobre las legítimas aspiraciones a tener descendencia.

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